Despiden a un charcutero por no usar el delantal metálico, acaba denunciando y la Justicia se pone del lado de Mercadona con procedente
Según el establecimiento, el trabajador no utilizó el delantal metálico durante su jornada de trabajo en la charcutería aún tras haber recibido formación.

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha ratificado el despido disciplinario de un trabajador de la cadena de supermercados Mercadona por incumplir las medidas de seguridad exigidas, según Infobae.
Empleado desde el año 2011 en un supermercado de Mercadona, fue despedido en diciembre de 2023 debido a varios incumplimientos de las normas de trabajo, así como un descenso en su productividad y una mala actitud.
Según el establecimiento, el trabajador no utilizó el delantal metálico durante su jornada de trabajo en la charcutería aún tras haber recibido formación, lo que constituye una falta muy grave al no cumplir con los medios de “protección y salud”.
El incidente se produjo en dos ocasiones. Tanto el 16 de octubre como el 14 de diciembre el trabajador no utilizó la malla protectora, lo que, de acuerdo con la sentencia, justifica el despido inmediato al haber ocurrido dentro de un periodo de seis meses.
Represalias y legalidad dudosa
En respuesta, el trabajador denunció a Mercadona, asegurando que el despido era desproporcionado y respondía a una represalia por parte de la compañía al haber solicitado un cambio de centro de trabajo. Sin embargo, el argumento fue desestimado, al no encontrar el tribunal pruebas que muestren una actitud vengativa de Mercadona.
La defensa del empleado también cuestionó la legalidad del despido, alegando que la falta de uso del delantal metálico no era razón suficiente. El TSJM, por su parte, concluyó que estas faltas si pueden ser clasificadas como graves, debido a que “pone en riesgo la salud de la propia persona, de compañeros/as o personas ajenas a la empresa”.
Asimismo, el tribunal sostiene que el incumplimiento de las medidas de seguridad durante su turno de trabajo es un “tema de suma importancia, y no puede relajarse la exigencia de cumplimiento”, por lo que el despido es considerado “procedente”.
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