Sociedad

Pide una pensión de viudedad a pesar de tener pareja y el TSJ se lo termina concediendo por no superar los 5 años de relación

La Seguridad Social negó en primera instancia a una mujer su derecho a percibir la prestación, aunque el Supremo corrigió la decisión posteriormente.

Vistas de la fachada de la sede del Supremo, a 21 de diciembre de 2023, en Madrid (España). El ministro de Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, y el presidente interino del Tribunal Supremo (TS) se ha reunido hoy, en plena escalada de tensión por los señalamientos de los partidos independentistas a jueces y magistrados.
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Alberto Ortega / Europa Press
21/12/2023
Alberto Ortega | Europa Press
Actualizado a

El Tribunal Supremo (TS) concedió a una mujer el derecho a percibir la pensión de viudedad, a pesar de tener pareja de hecho. Fue la Seguridad Social, en primera instancia, quien rechazó la petición.

Desde el INSS, el argumento esgrimido fue que la mujer estaba inscrita como pareja de hecho. Pese a ello, el Alto Tribunal terminó concediendo la pensión a esta mujer. El motivo, el periodo de tiempo desde que ella formalizó su unión como pareja de hecho en el registro era inferior al establecido por ley.

En España, la pensión de viudedad se extingue cuando la persona viuda forma una pareja de hecho o contrae nuevo matrimonio. En el primer caso, se extingue cuando la pareja que ha formalizado su unión en el registro alcanza un periodo de convivencia ininterrumpida, como mínimo, de cinco años.

Respecto al caso de la mujer, solo convivió junto a su nueva pareja durante cuatro años y once meses, razón por la cual el juez falló a su favor, al ser el periodo de convivencia inferior al establecido por ley, según recoge el portal Noticias Jurídicas. En este 2025, las pensiones de viudedad subieron un 2,8% conforme al IPC.

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Mientras, las pensiones de viudedad con cargas familiares subieron un 9,1% este año, es decir, un 0,1% más que las pensiones no contributivas y el Ingreso Mínimo Vital (IMV). Por cuantía, la mínima oscila entre 662,50 y 1.127,60 euros al mes en función de la edad y de las cargas familiares, mientras que la máxima, se sitúa en 3.267,60 euros al mes.

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